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Esta medida afecta al transporte de sustancias peligrosas en Argentina

Tras un pedido de FADEEAC, la Secretaría de Transporte resolvió extender la vida útil de los modelos entre 2012 y 2014 para el transporte de sustancias peligrosas. 

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Tras una presentación realizada por la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) ante la Secretaría de Transporte, esta entidad resolvió extender hasta el 31 de diciembre de 2025 la vida útil de las unidades modelos 2012, 2013 y 2014 utilizadas en el transporte de sustancias peligrosas

Esta medida se adoptó tras la solicitud presentada por la FADEEAC. Luego de que la Secretaría de Transporte aprobara la Resolución 62/2024 los vehículos autorizados podrán continuar operando bajo condiciones de revisión técnica más estrictas. Esta prórroga era necesaria para que las empresas garanticen la continuidad del servicio sin comprometer la seguridad vial ni las normas aplicables al traslado de mercancías peligrosas.

Las revisiones más estrictas implican que los vehículos deberán someterse a revisiones técnicas obligatorias cada cuatro meses. En el caso de los modelos 2012, la habilitación expirará de forma definitiva el 31 de diciembre de 2025. La extensión del plazo busca otorgar un alivio temporal, permitiendo a las empresas planificar mejor sus inversiones en nuevas unidades.

Cabe mencionar que la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas, fundada en diciembre de 1967, cuenta con 43 Cámaras de base en la Argentina, que nuclean al 80% de las PyMEs del autotransporte del país. La integran unas 10.000 empresas que poseen alrededor de 155.000 camiones con remolques.

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El antecedente 2023 y las particularidades del transporte de cargas peligrosas

En diciembre de 2023, la entonces Secretaría de Gestión de Transporte había prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2024 la operación de vehículos modelos 2011, 2012 y 2013, siempre que contaran con la RTO aprobada. La nueva resolución amplía esta prórroga para los modelos 2012, 2013 y 2014, atendiendo a las solicitudes de las principales cámaras empresariales del sector.

La Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449 y su reglamentación establecen límites de antigüedad para los vehículos que transportan sustancias peligrosas, fijando una vida útil máxima de diez años, con posibilidad de extensión bajo ciertas condiciones. 

En el sector logístico, el transporte de cargas peligrosas constituye una especialidad que requiere de un tratamiento específico con el fin de evitar riesgos para las personas, el medio ambiente y las propiedades. Hay nueve clases de sustancias peligrosas entre las que se encuentran explosivos o artículos con riesgo de explosión; gases comprimidos, licuados o disueltos bajo presión; líquidos y sólidos inflamables. Sustancias tóxicas venenosas y sustancias infecciosas; material radioactivos, entre las más peligrosas.

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Es imprescindible que los vehículos y los embalajes cuenten con la identificación precisa que detalle el contenido y su grado de peligrosidad. Por otro lado, la fiscalización del transporte de cargas peligrosas implica comprobar la adecuada instalación de los rótulos de riesgo y paneles de seguridad. También es preciso verificar la existencia de fugas en el equipo de transporte de carga a granel.

Entre la documentación que se debe adjuntar con las cargas peligrosas debe estar la declaración de carga legible emitida por el expedidor. También un certificado que indique que el producto está adecuadamente acondicionado para soportar los riesgos de la carga, descarga, estiba, transbordo y transporte. Por otro lado ante emergencias deben estar establecidas las formas de intervención ante la sustancia transportada, las medidas a tomar en el caso que una persona entrara en contacto con los materiales y los medios de extinción que se deben y no se deben emplear ante un incendio.